miércoles, 30 de diciembre de 2009

EL IMPACTO POLÍTICO DE LA REVOLUCIÓN GLORIOSA

En aquella época tan convulsionada, donde apenas se venía a vislumbrar nuevas formas de vida, nuevas formas de pensamientos, y una nuevo proyecto de Estado, con todo esa amalgama de ideas y pensamientos pragmáticos que inyectaron un nuevo orden mundial en términos económicos, políticos y sociales.

Los pensamientos filosóficos de John Locke, que trascendió en un impacto político y social en la comunidad inglesa de aquella época, que intentó vislumbrar la individualidad del hombre y su misma responsabilidad con la institucionalidad del poder, pero una responsabilidad más que económica, se debía impactar desde la visión política de la situación, esto quiere decir que el ingles común, debería tener conocimiento de todos los accionares políticos y administrativos que afectaran, directa o indirectamente, su núcleo socia. Locke criticó en sus dos Tratados sobre el gobierno civil (1690) la teoría del derecho divino de los reyes y la naturaleza del Estado tal y como fue concebido por el filósofo y teórico político inglés Thomas Hobbes. Afirmaba que la soberanía no reside en el Estado sino en la población, y que el Estado es supremo pero sólo si respeta la ley civil y la ley natural. Mantuvo más tarde que la revolución no sólo era un derecho, sino, a menudo, una obligación, y abogó por un sistema de control y equilibrio en el gobierno, que tenía que tener tres ramas, siendo el poder legislativo más importante que el ejecutivo o el judicial. También creía en la libertad religiosa y en la separación de la Iglesia y el Estado.
Tratados sobre el gobierno civil,

La revolución gloriosa inspiró a John Locke ser uno de los grandes exponentes de la teoría empirista del conocimiento (gracias especialmente a su Ensayo sobre el entendimiento humano, 1690), el pensamiento de la revolución gloriosa ejerció una gran influencia en la teoría política, al defender los principios de la monarquía constitucional frente a cualquier tipo de poder monárquico absoluto.

Locke publicó Tratados sobre el gobierno civil en 1690. En ellos expuso los principios de su teoría política. El primero de estos tratados, menos conocido y dotado de un carácter más elemental, estaba dedicado a polemizar con Robert Filmer, quien en su obra Pathriarca (1680) defendía el poder absoluto del monarca y comparaba el poder real con la autoridad paterna, empleando abundantes argumentos bíblicos. Locke rechazó las tesis de Filmer, criticando su uso de la Biblia como base de argumentación y afirmando que la ley natural no ordena la sumisión a un poder absoluto hereditario. Por el contrario, la naturaleza favorece la libertad.

Fue el segundo tratado el que planteó, de un modo positivo, la filosofía política de la revolución británica . Éste pensaba que el ser humano tiene dos derechos básicos e irrenunciables: su familia y la propiedad de sus bienes. El derecho a la propia familia se deriva de la necesidad de procreación y de la exigencia de la educación de los hijos. El derecho a la propiedad privada se deriva del trabajo humano, mediante el cual el hombre transforma y hace suyos determinados bienes que, en un primer momento, se encuentran al alcance de todos. Como otros filósofos anteriores a él, en especial Thomas Hobbes, pensaba en dos posibilidades de existencia humana: el “estado natural” (en el que todo es de todos y en el que no se tienen asegurados derechos de ningún tipo) y el “estado social” (en el que el ser humano vive en sociedad, de un modo organizado). De hecho, la sociedad tiene en cuenta el estado natural, pero supone un refinamiento del mismo, ya que en el estado natural el ser humano no tiene garantizados sus derechos básicos a una familia y a sus bienes. Para mantener sus derechos, los hombres establecen un pacto o libre asociación que permite defender los derechos adquiridos. Es en ese momento cuando se origina la vida social. Pero uno de los rasgos más importantes de la sociedad es el ejercicio del poder. Pues bien, en virtud de ese pacto libre, los ciudadanos que lo suscriben delegan el poder, que sólo a ellos pertenece, a una persona, que lo ejerce en representación de la comunidad y puede ser relevado de sus funciones si lo ejerce incorrectamente. De acuerdo con esta tesis, Locke no admitía los principios de la monarquía absoluta con fundamento en el derecho divino y de carácter hereditario; y, asimismo, plantea la posibilidad de que el monarca pueda ser destituido si no ejerce bien sus funciones. Tras estas ideas, Locke defiende los principios de la nueva monarquía constitucional británica.

Las ideas plasmadas por Locke en sus Tratados sobre el gobierno civil ejercieron una gran influencia durante todo el siglo XVIII y se encuentran en la base de las más importantes discusiones políticas que anticiparon los principios de la Revolución Francesa y la crítica del Antiguo Régimen político.

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